Tratamiento contable de las operaciones de cobertura del riesgo de tipo de cambio en los estados financieros

Aproximadamente dos tercios de los ingresos de EADS se contabilizan en dólares estadounidenses, mientras que una parte significativa de los costes en los que incurre la Sociedad se contabilizan en euros, y en menor medida, en libras esterlinas. EADS utiliza estrategias de Glosariocobertura para gestionar y minimizar el impacto de las fluctuaciones del tipo de cambio en sus beneficios. Véase “Actividades de cobertura – Tipos de cambio” y “Riesgos de mercados financieros – Exposición a riesgos derivados del tipo de cambio”.

Coberturas de cash flow. Cuando los instrumentos de cobertura mantienen una relación directa con los pedidos a los que proporcionan cobertura, debe aplicárseles el tratamiento contable que establece la NIC 39 y que se denominan “coberturas de cash flow”. Los ingresos procedentes de esos pedidos se contabilizan en euros al tipo de cambio que es objeto de Glosariocobertura y el impacto de los instrumentos de cobertura se recoge en el margen bruto y en los ingresos de explotación en el momento de la contabilización del ingreso. Al final de cada período contable, el valor de cada contrato de cobertura de cash flow en vigor se ajusta a su valor de mercado en el balance conforme al tipo de cambio futuro vigente en ese momento. Véase “Movimiento de los fondos propios de los estados consolidados”. En el caso de productos como los aviones, EADS realiza generalmente la cobertura de las primeras entradas de efectivo altamente probables para un determinado mes basándose en los pagos finales a efectuar en el momento de la entrega. Véase “Actividades de cobertura – Tipos de cambio”.

Las coberturas de cash flow que hagan referencia a operaciones que hayan sido canceladas o pospuestas durante un periodo de tiempo superior a un periodo breve pertinente se consideran extinguidos a efectos contables. La suma de (i) los cambios en el valor razonable de dichos instrumentos de cobertura desde el 1 de enero y (ii) la reversión de la parte del remanente (“Remanente”) correspondiente a esas coberturas antes del 1 de enero han de contabilizarse como ingresos e ingresos por impuestos diferidos (o pérdidas) en la cuenta de resultados consolidada.

Los ingresos en divisas distintas al euro que no están cubiertos mediante instrumentos financieros se convierten a euros al tipo de cambio vigente en la fecha en que se produce la operación subyacente.


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