EADS

Notas (NIIF)

EADS toma parte en una serie de demandas y arbitrajes que han surgido en el curso ordinario de las actividades del negocio. EADS considera que ha dotado las provisiones adecuadas para cubrir los riesgos actuales y potenciales por litigios generales y específicos.

Después de su retirada unilateral del Acuerdo sobre el comercio de grandes aeronaves civiles UE-EE.UU (Union Europea-Estados Unidos) de 1992, Estados Unidos presentó el 6 de octubre de 2004 una solicitud de iniciación de procedimientos de resolución ante la Organización Mundial del Comercio (“OMC”). Ese mismo día, la UE interpuso una demanda paralela ante la OMC contra Estados Unidos en relación con las subvenciones proporcionadas a Boeing. A pesar de los distintos intentos de negociación, las partes no han podido llegar a un acuerdo satisfactorio. El 31 de mayo de 2005, tanto Estados Unidos como la UE solicitaron el establecimiento de un tribunal. En su reunión del 20 de julio de 2005, el Órgano de Solución de Diferencias estableció los correspondientes tribunales. Distintas medidas procesales, incluidas la presentación de nuevas diligencias por parte de la UE y Estados Unidos en 2006, retrasaron el comienzo del litigio. Sin embargo, el 15 de noviembre de 2006, Estados Unidos presentó su primer alegato por escrito, al que la UE respondió el 9 de febrero de 2007. Está previsto que la UE presente su primer alegato por escrito cuestionando las subvenciones a Boeing en marzo de 2007, al cual está previsto que Estados Unidos responda en mayo de 2007. El calendario exacto de las posteriores medidas del litigio de la OMC está sujeto al fallo de los tribunales y a las negociaciones entre Estados Unidos y la UE. Salvo que las partes lleguen a un acuerdo, lo cual actualmente no se contempla, los tribunales de la OMC presentarán sus decisiones sobre el fondo de los litigios en el futuro.

La Autorité des Marchés Financiers (“AMF”) francesa y la autoridad federal de supervisión financiera alemana (“BaFin”) han iniciado en 2006 las investigaciones relativas a supuestas infracciones de las regulaciones del mercado y las normas relativas al tráfico de información privilegiada en relación con los retrasos del A380 en 2005 y 2006. Tras las demandas penales presentadas por una asociación de accionistas y por un accionista individual (que también incluye una demanda civil por daños y perjuicios), los jueces franceses también están efectuando investigaciones en este mismo sentido. En Alemania, varios accionistas individuales han presentado demandas civiles contra la Sociedad para recuperar sus supuestas pérdidas relativas a la revelación de los retrasos en el programa del A380. El 3 de octubre de 2006, el Consejo de Administración de EADS decidió también realizar una valoración independiente del cumplimiento individual de obligaciones en la situación que ha originado los retrasos en el A380. Esta investigación incluirá una inspección de las potenciales responsabilidades del equipo de dirección. La Sociedad se reserva todos sus derechos bajo estas circunstancias. A 8 de marzo de 2007, todas estás valoraciones están aún en curso.

EADS no tiene constancia de la existencia de ninguna otra situación excepcional o de ninguna diligencia legal o de arbitraje pendiente o previsto que pueda tener o que pueda haber tenido en un periodo reciente un efecto adverso material en la posición financiera, las actividades o resultados de su Grupo en conjunto, excepto aquellos expuestos con anterioridad.

EADS reconoce provisiones por litigios y demandas cuando (i) tiene una obligación presente con respecto a actuaciones legales, investigaciones gubernamentales, diligencias y otras demandas que se deriven de hechos pasados que estén pendientes o pueden ser interpuestos o iniciados en el futuro contra el Grupo, (ii) es probable que se produzca una salida de recursos que incorpore beneficios económicos que serán requeridos para liquidar tal obligación y (iii) se puede efectuar una estimación fiable del importe de la obligación. Ver Nota 21 d.) : “Otras provisiones” para más información sobre el importe previsto del riesgo derivado de los litigios y demandas.